Una constitución de luces largas y vida efímera
En enero de 1812 se instaló en la ciudad de Cartagena de Indias la Convención Constituyente, conformada por 34 diputados, hombres libres que representaron a 5 de las provincias.Si el 11 de noviembre de 1811 se declaró la independencia, el 14 de junio del 12 con la expedición de la Constitución del Estado de Cartagena de Indias, institucionalizaron en la Nueva Granada la primera Constitución libre de ataduras.
Publicada el 1 de Agosto nació la República.
Como expresa el acta emancipadora “Así, por derecho, emerge el Estado libre, soberano e independiente (…) absuelto de toda sumisión, vasallaje, obediencia”; despuntamos como Nación libre que puede “hacer todo lo que hacen y pueden hacer las naciones libres e independientes”.
Y así lo hicieron. Autonomistas aristócratas e independentistas populares luego de 6 meses de acalorados debates, discusiones aplazadas y acuerdos, expidieron la Constitución. 11 de los 34 constituyentes eran firmantes del acta de Independencia y con los 22 restantes representaban 15 a Cartagena, 6 a Mompox, 6 a San Benito Abad, 6 Tolú y uno a Simití.
Al recordar los profundos conflictos existentes y radicalidades, al analizar sus nombres, se constata que por encima de una estratificación racista de rígidos límites y claras diferencias económicas, las normas aprobadas expresaron el espíritu democrático motivador de los libres asumidos, con el poder para hacerse respetar la diferencia ideológica, y dar viabilidad al consenso. Valga recordar que 62% de la población eran multirraciales libres; 20% blancos y 18% esclavizados.
El ciudadano, abogado y periodista de 25 años, Manuel Rodríguez Torices, Presidente Gobernador del Estado de Cartagena de Indias, aristócrata del partido popular, fiel de la balanza, sancionó la Carta Magna dirigiéndola “a todos los habitantes de él, de cualquier clase o condición que sean”.
Ilustrados e iluminados por la utopía de la libertad, la independencia, la Justicia la dotaron de un Preámbulo, 15 Títulos y una conclusión. Los constituyentes de las diferentes vertientes e intereses modelaron la naciente República normativizando y regulando:
1- Los Derechos Naturales y Sociales del Hombre y sus Deberes
2- La Forma de Gobierno y sus Bases
3- La Religión
4- La Convención General de Poderes
5- El Poder Ejecutivo
6- El Poder Legislativo
7- La Formación de la Leyes
8- El Poder Judicial
9- De las Elecciones
10- De la Fuerza Armada
11- Del Tesoro Público
12- De la Instrucción Pública
13- Disposiciones Varias
14- Revisión de la Constitución
15- De la representación del Estado en el Congreso de la Nueva Granada
Una Conclusión: (…) “El pueblo que ama y respeta la Constitución es invencible, pacífico y feliz”.
El preámbulo, entre otras, retorna el poder de elegir y ser elegido a quien le pertenece: el pueblo; y decreta el fin ideológico de la teocracia: no más reyes dueños del poder soberano que, según, Dios les otorgó.
“El Supremo Legislador y Árbitro del Universo (…) que ha dignado devolvernos el derecho a existir, mantenernos y gobernarnos nosotros mismos (…) de formar una Constitución de Gobierno Civil para nosotros y nuestra posteridad”
Las aportaciones roussonianas sobre el concepto de soberanía nutrieron, sin duda, el acervo local: la Soberanía recae en el pueblo.
“Entrando en sociedad el Hombre deja de ser un pequeño todo y consiente en hacerse parte de un todo político”
“El cuerpo político se forma por la voluntaria asociación de individuos; es un pacto social en que la totalidad del pueblo estipula con el ciudadano, y cada ciudadano con la totalidad del pueblo que todo será gobernado por ciertas leyes para el bien común”
La Constitución declaró derechos ciudadanos y una forma de gobierno de separación de poderes y controles. Pese a la ponderación del derecho a elegir y ser elegido- las calidades-, avanzó con firmeza en el largo tránsito hacia la igualdad y la postergada libertad de los esclavizados, prohibiendo el tráfico. Fijó como objetivo dar al ciudadano paz y seguridad, la Felicidad, la pisoteada por España, la lucha entre fracciones y el olvido.
Identificó los Derechos Naturales y Deberes, y, entre otras, protegió el derecho de reunión y la libertad de imprenta, condenó la tortura y la violación de correspondencia -las “chuzadas”-, castigó la compraventa de votos y, con precisión de relojero, diseñó controles entre poderes y normas penales para combatir delitos y la corrupción.
“Residiendo todo el poder en los pueblos que componen el Estado y derivándose de ellos los diversos magistrados y oficiales del Gobierno investidos de alguna autoridad, son sus meros agentes y sustitutos y en todo tiempo le son responsable de sus operaciones”.
“(…) el aprecio a los derechos del hombre y el odio a la opresión y la tiranía son inseparables de la Instrucción Pública.”
Capítulo especial merece la grandeza de luces con “escuelas de primeras letras en todos los poblados”. La ampliación a las provincias del espacio constituyente y la unidad y proclamación de igualdad entre criollos, blancos de la tierra, y los libres multirraciales, como dice Sergio Paolo Solano democratizó el honor y la dignidad”.
“Los hombres se juntan en sociedad con el fin de facilitar, asegurar y perfeccionar el goce de sus derechos y facultades naturales y de los bienes de la existencia”
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